Nos empiezan tocar los huevos.
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Nos empiezan tocar los huevos.
Buenas compañeros, me imagino que esto esta ocurriendo en todos los turnos, los de los ribetitos se empiezan a poner nerviosos y empienzan a controlarnos bastante.Yo hablo por el turno de tarde que es en el "trabajo".
El Miercoles nuestro estimado jefe decidió darse unas vueltecitas por el municipio antes de visitar a CNP para controlar las vigilancias de trafico para ver si se estaban realizando.
Nos van a seguir controlando, nos van a pedir informes de porque las denuncias han bajado tanto.... mi pregunta es si seguiremos todos unidos o empezaremos a separarnos.
Yo no llevo mucho aqui y no se cuales son las medidas de presion mas adecuadas a tomar, pero lo que si se es que si lo hacemos todos duele mas y es mucho mas dificil que nos metan mano.
Un saludo compañeros y que no nos quemen la moral.
El Miercoles nuestro estimado jefe decidió darse unas vueltecitas por el municipio antes de visitar a CNP para controlar las vigilancias de trafico para ver si se estaban realizando.
Nos van a seguir controlando, nos van a pedir informes de porque las denuncias han bajado tanto.... mi pregunta es si seguiremos todos unidos o empezaremos a separarnos.
Yo no llevo mucho aqui y no se cuales son las medidas de presion mas adecuadas a tomar, pero lo que si se es que si lo hacemos todos duele mas y es mucho mas dificil que nos metan mano.
Un saludo compañeros y que no nos quemen la moral.
0.0- Mensajes : 6
Fecha de inscripción : 20/01/2010
Re: Nos empiezan tocar los huevos.
Compañero, en el resto de turnos es exactamente igual. Las vigilancias se deben hacer, y en mi opinión se deben denunciar las infracciones que no tengas más remedio.
Procedimiento sancionador.Real Decreto 320/1994
Artículo 4. Denuncias de carácter obligatorio y voluntario.
1. Los agentes de la autoridad encargados del servicio de vigilancia del tráfico deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de la circulación vial (artículo 75, apartado 2, del Texto articulado).
Queda bastante claro:
1. Que observes.
2. Cuando ejerzas funciones de vigilancia y control.
Los 35 malos seguiremos unidos.
Un abrazo.
Procedimiento sancionador.Real Decreto 320/1994
Artículo 4. Denuncias de carácter obligatorio y voluntario.
1. Los agentes de la autoridad encargados del servicio de vigilancia del tráfico deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de la circulación vial (artículo 75, apartado 2, del Texto articulado).
Queda bastante claro:
1. Que observes.
2. Cuando ejerzas funciones de vigilancia y control.
Los 35 malos seguiremos unidos.
Un abrazo.
Parrito- Mensajes : 20
Fecha de inscripción : 21/01/2010
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